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Metrogas rechaza fallo del TDLC y recurrirá a la Corte Suprema para revertir condena por abuso de posición dominante
- La compañía informó a la Comisión para el Mercado Financiero que impugnará ante la Corte Suprema la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que acogió la demanda de Generadora Metropolitana, ordenó cesar el cobro de la tarifa cuestionada y aplicó una multa de 3.800 UTA.

Metrogas S.A. informó oficialmente a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que rechazará los efectos de la sentencia dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) y que interpondrá el recurso de reclamación previsto en el Decreto Ley N°211 ante la Excma. Corte Suprema, con el objetivo de obtener la revocación del fallo y el rechazo de la demanda presentada en su contra.
La comunicación fue realizada mediante un hecho esencial suscrito por el gerente general de la sociedad, Marcos Cvjetkovic M., dirigido a la presidenta de la CMF, Catherine Tornel León. En la carta, la empresa señaló que fue notificada el 12 de agosto de 2026 de la sentencia dictada ese mismo día en el litigio Rol C N°477-2023, originado en una demanda interpuesta por Generadora Metropolitana SpA en enero de 2023.
EL FALLO DEL TDLC
Según lo informado por Metrogas, la sentencia fue adoptada por la mayoría de los integrantes del TDLC y declaró que la compañía infringió el artículo 3° inciso segundo letra b) del Decreto Ley N°211, norma que sanciona conductas constitutivas de abuso de posición dominante. El tribunal ordenó el cese del cobro de la tarifa discutida en el juicio y su reemplazo por una nueva tarifa que deberá ser negociada entre las partes conforme al mecanismo descrito en la resolución.
Además, el TDLC condenó a Metrogas al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a 3.800 Unidades Tributarias Anuales, monto que medios especializados han estimado en torno a $3.267 millones, equivalente aproximadamente a US$3,6 millones, según el valor de la UTA y del tipo de cambio considerados al momento de la publicación. Este cálculo se basa en el valor de la UTA vigente para agosto de 2026, fijado en $859.788 por el Servicio de Impuestos Internos.
LA DEMANDA DE GENERADORA METROPOLITANA

El conflicto tuvo su origen en la relación comercial entre Metrogas y Generadora Metropolitana, sociedad vinculada a la operación de la central Nueva Renca. Tras el término del contrato que regía entre las partes, la demandante acusó a la distribuidora de imponer una nueva tarifa por el transporte de gas natural a través de redes de distribución en Santiago, la que habría sido significativamente superior a los valores históricos pagados por la generadora.
De acuerdo con antecedentes difundidos sobre el caso, Generadora Metropolitana sostuvo que Metrogas actuaba como proveedor monopólico respecto del servicio necesario para abastecer de gas natural a la central Nueva Renca, por lo que la generadora se encontraría en una posición de dependencia frente a la red de distribución utilizada para conectar con los gasoductos que suministran el combustible.
LA RESPUESTA DE LA COMPAÑÍA
En su hecho esencial, Metrogas enfatizó que la sentencia aún no se encuentra firme, precisamente porque es susceptible de ser impugnada mediante el recurso de reclamación contemplado en el Decreto Ley N°211. La sociedad afirmó que, tras estudiar los fundamentos del fallo, incluidos los votos de mayoría y la disidencia, ejercerá dicha acción ante la Corte Suprema.
Con ello, Metrogas buscará revertir la condena, dejar sin efecto las medidas ordenadas por el TDLC y obtener el rechazo de la demanda. La controversia, por tanto, continuará ahora en sede judicial superior, donde el máximo tribunal deberá revisar los fundamentos de la sentencia y definir si confirma, modifica o revoca lo resuelto por el tribunal especializado en libre competencia.




